REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO

REQUISITOS PARA CONTRATAR EL SERVICIO

1.- A continuación les manifestamos, una serie de recomendaciones para la toma del servicio. En principio es dable aclarar, que podrán eliminarse de las bases de datos, aquellos antecedentes que superar el plazo de cinco años de mora, la cual se cuenta desde el último pago realizado; y por ese motivo, si el consultante hubiera refinanciado la deuda, dicho acto interrumpirá el plazo, comenzando a contarse nuevamente.

2.- Por otra parte, si la deuda se hubiese cancelado, y tal situación se hubiese producido en un plazo de dos años o superior, el interesado podrá exigir la erradicación del antecedente en cuestión.

Pero si la deuda ha sido abonada recientemente, y no supera el plazo mencionado (2 años), y cuenta en su poder con el certificado de libre deuda respectivo, se puede exigir que se haga constar en el informe que la misma ha sido cancelada.- y luego de los dos años se borrarán los antecedentes en forma definitiva.

Es importante señalar, que en estos casos, tal como lo hemos manifestado en uno de nuestros artículos, la situación mejora notablemente, pero el acceso a los distintos créditos o tarjetas es limitado, y dependerá de la Entidad otorgante, al momento de evaluar la situación que surge de los informes.-

3.- Debido a que todos los Sistemas de Información crediticia, actúan conforme la Ley de Hábeas Data y su Decreto Reglamentario sin la oposición de resistencia ante una presentación fundada y clara que exige la supresión de la información negativa, este es uno de los motivos que el interesado deberá tener presente, es decir, que el pedido de eliminación ante las diferentes Entidades sea consciente, con real conocimiento y seguridad de que se cumple con los requisitos que habilitan a realizar el reclamo, dentro del marco de la ley.-

4.- Los derechos de Acceso y Rectificación, están reconocidos expresamente en la ley de protección de datos personales, por tanto, es imprescindible el correcto asesoramiento a través de un abogado especializado; para no caer en un reclamo infundado que le puede costar perdida de tiempo y dinero.-

5.- Finalmente destacamos que, los mencionados derechos, se encuentran protegidos por nuestra Constitución Nacional, los que pueden ser ejercidos, y canalizados a través de una acción judicial llamada "Habeas Data".




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LA IMPORTANCIA DE OBTENER UNA MEJORA DE CRÉDITO


Muchas veces sucede, que nos dirigimos a un banco con el propósito de solicitar un préstamo o una tarjeta de crédito y al efectuarnos el análisis de crédito, descubrimos que nos encontramos afectados por Veraz, BCRA u otras bases de riesgo.

Sucede también, que muchas veces desconocemos el origen de la deuda que ocasionó nuestra afectación, y otras veces lo sabemos, por atrasos que se produjeron en pagos de cuotas, pero no tenemos idea de cómo afrontar esa situación.

Cuando las bases de riesgo nos incluyen en su lista, todos pensamos que es difícil salir de esa situación. Si bien existen condiciones legales que limitan la exoneración de responsabilidad del deudor, la ley es clara, y debe acatarse a ella como un remedio procesal para subsanar esos errores.

Específicamente la normativa vigente protege a aquellas personas que han saldado sus cuentas hace dos años atrás o aquellas que no la saldaron si transcurrieron 5 años desde que entró en mora, tienen la posibilidad de peticionar el “Derecho al Olvido” y en ambos casos es viable y efectiva la supresión del historial de las diferentes bases.

Otros casos que se nos presenta en nuestro ejercicio como profesionales en la materia, sucede cuando el cliente se acerca y nos manifiesta que saldó la deuda, pero que transcurrió a ese acto un plazo menor a 2 años o, la refinanció y aún la está pagando. En estos supuestos, no se puede solicitar la supresión del historial de deuda, pero si se puede peticionar una actualización de datos. Aún así, los resultados son también favorables, ya que, mediante la interposición de acciones podemos lograr efectivamente que BCRA nos disminuya el riesgo de una Situación 5, 4, 3 o 2 a una Situación 1 y que las diferentes bases nos cambien la determinación.

Este último supuesto, nos permite operar con financieras al solicitar un nuevo crédito (recordemos que en estas situaciones no se puede operar con bancos debido que el cliente se encuentra afectado por Veraz por dos años) lo que beneficia en el sentido de que, estas entidades, otorgan créditos y el interés lo acrecen acorde al riesgo crediticio de cada persona. Por lo cual, si solicita una actualización, los intereses a pagar serán similares a los que tendría si operara con un banco.
NO DUDE EN CONTRATAR CON NUESTRO EQUIPO, AÚN CUANDO UD. NO PAGO LA DEUDA.

PREGUNTAS FRECUENTES


1.- ¿Cuánto dura el trámite para salir de las bases de Información crediticia?
El tramite tiene una duración aproximada de diez días habiles.

2.- ¿Cómo contrato?
La contratación se establece mediante la página, ya que Solvencia Legal es una empresa Puntocom. Específicamente puede contratar nuestro servicio por teléfono o mail. Una vez solicitado el servicio, remitiremos una factura de contratación la cual puede ser abonada en las sucursales habilitadas de Pago Fácil o Rapipago. Posteriormente, usted recibirá un comprobante de pago el cual perfeccionará la contratación de nuestro servicio. No siendo necesario dirigirse a ninguna oficina ya que Solvencia Legal facilitará la tramitación, sin que a usted le genere molestias dentro del marco normativo vigente.

3.- Las deudas se dan de baja temporalmente?
Las deudas en el veraz o en cualquier otra base deudores, se dan de baja de manera definitiva, ya que Solvencia Legal realiza una gestión legal enmarcada en la Ley Nacional de Protección de Datos.

4.- No figuro en Veraz pero figuro en otras bases de deudores. ¿Resulta viable la resolución de mi caso particular?
Si UD. no se encuentra en Veraz pero tiene deudas registradas en el BCRA o en otras bases de deudores, igualmente es viable la resolución del caso de modo positivo y dentro del marco de la ley.

5.- Quiero salir del veraz pero no aboné mis deudas. Es viable?
Es viable salir de las diferentes bases de deudores que operan en la Republica Argentina cuando UD no ha pagado su deuda, siempre y cuando hayan transcurrido 5 años desde que entró en Mora.

6.- ¿Los sistemas de información de riesgo crediticio pueden informar las deudas de modo continuo?
Este es un punto importante, ya que si bien existe la Ley de Protección de Datos Personales que establece parámetros para la publicación de las deudas, la mayoría de las veces dichos plazos no se cumplen.
Es por ello que Solvencia Legal obliga a las entidades de antecedentes comerciales que respeten los plazos estipulados por la ley y elimine los antecedentes crediticios de aquellos interesados que se encuentran enmarcados por la normativa vigente.

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Solvencia Legal






¿Quienes Somos?



Solvencia Legal está conformado por un grupo de profesionales especialistas en la materia, con la misión de lograr de un modo totalmente eficiente, la reinserción del cliente en el sistema bancario financiero.

A través del trabajo incansable de nuestro equipo UD. puede mejorar su situación crediticia frente a las entidades bancarias y financieras.

Es por ello que si usted figura en diferentes sistemas de información de riesgo como ser Veraz, Nosis, Decidir o en el BCRA, o algún otro sistema de información de riesgo crediticio contáctese hoy con nosotros, que mediante la intervención de nuestros profesionales podemos brindarle una solución rápida.

Destacamos además, que resulta legalmente posible no figurar más en los sistemas de información de riesgo debido a que la normativa vigente lo avala si han transcurrido 5 años desde que entró en mora por la deuda contraída, o si han pasado 2 años desde que abonó la deuda y aún sigue figurando en las bases de dichos sistemas. También podemos brindarle una mejora a su crédito, cuando ha refinanciado la deuda o si recientemente la ha saldado, ya que resulta posible que tanto Veraz como el resto de los sistemas de información reemplacen su determinación a ?deuda cancelada"






CONOZCA PASO A PASO LA LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES - NO SE DEJE ENGAÑAR



Marco Normativo de Aplicación



En el año 2000 el Poder Legislativo sancionó la ley de Protección de Datos Personales (ley 25.326) norma en la cual se instituyen los limites y las medidas a los que se encuentran sujetas todas las centrales y entidades de informes comerciales.

Dicho normativa, establece de modo eficiente la protección integral de los datos personales que se encuentran asentados en archivos, registros, bases de datos y otras fuentes.

Es por ello que, toda persona tiene derecho a que sus datos sean rectificados, actualizados y, cuando corresponda, suprimidos de las bases de datos.

Así es como, por aplicación de la Ley 25.326 de Habeas Data, y sus modificatorias, usted puede desafectar la información negativa de todas las bases de datos de los sistemas de información de riesgo, aunque su deuda no haya sido cancelada, dentro del marco normativo.



Para que UD tome conocimiento, la ley de protección de datos personales dispone que: ?Sólo se podrán archivar, registrar o ceder los datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de los afectados durante los últimos cinco años. Dicho plazo se reducirá a dos años cuando el deudor cancele o de otro modo extinga la obligación, debiéndose hace constar dicho hecho?.

Lo que significa que, las deudas que no han sido canceladas sólo pueden informarse por un período máximo de 5 años (contando desde que se dejó de pagar) y en caso de saldar la deuda, las empresas están facultadas para continuar informando el antecedente negativo por 2 años más, a partir de la fecha de cancelación.

Por dicha razón, antes de cancelar o realizar cualquier gestión tendiente a regularizar su deuda, asesórese con nuestros profesionales para tomar la decisión correcta.

Si bien la ley es muy clara en cuanto a los plazos, la realidad indica que muchas veces no se cumplen, y generalmente por falta de actualización/rectificacion/modificacion de sus bases o por errores cometidos por las entidades bancarias informantes, estas empresas violan la normativa reguladora.

Es por ellos que contamos con las herramientas necesarias a fin de sanear estos errores, y subsanarlos mediante recursos judiciales y extrajudiciales, en forma simple, rápida y definitiva.



De esta forma, todas aquellas personas que contraten nuestros servicios podrán volver a tener crédito insertándose nuevamente en el sistema financiero, aunque su deuda NO haya sido cancelada.



No importa en que parte de la República Argentina se encuentre, nuestro grupo de profesionales se encuentra capacitado para velar por la protección de los datos personales del pueblo argentino en su totalidad.









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Los profesionales de Solvencia Legal se pondrán en contacto con UD. para estudiar su caso en particular y abordar en una mejor solución.


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NUESTRAS TARIFAS.



Sostenemos principalmente la particularidad de cada caso. Puede que UD. se encuentre por todas los Sistemas de información de riesgo, sólo en una de ellas y además en el BCRA.



Ademas informamos que, tenemos promociones para aquellas personas que se encuentran comprometidas en todas las centrales de deudores.





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